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Herencia o Donación, ¿cuál es la mejor opción desde un punto de vista fiscal?

Elegir entre donar en vida o dejar en herencia el patrimonio es una decisión complicada y que puede depender de múltiples factores. Las implicaciones fiscales de cada opción, la situación patrimonial del donante y las leyes aplicables en cada Comunidad Autónoma son determinantes a la hora de tomar la decisión más ventajosa.

 

Esta elección es de gran importancia, pues afecta de forma directa a los bienes patrimoniales y al futuro de los seres queridos. En SOUM Abogados, contamos con un equipo legal de profesionales en derecho de familia y derecho fiscal, que pueden ayudarte a tomar la mejor decisión al respecto.

 

En primer lugar, es necesario conocer en qué consisten ambas modalidades de transmisión patrimonial, partiendo de la idea de que las dos permiten el reparto de bienes. En el caso de la herencia, la transmisión del patrimonio se efectúa tras el fallecimiento, mientras que la donación en vida permite la transmisión de todos o parte de los bienes en vida del donante. Ambas opciones traen consigo beneficios y obligaciones, sin que sea posible afirmar que una opción sea mejor que la otra en todos los casos. Sí es importante señalar que, en la donación en vida, el donante cede sus bienes y la persona a la que se los cede debe aceptarlos, siendo indispensable que lleguen a un acuerdo para que la donación sea posible. De esta forma, la persona que recibe la donación tiene la posibilidad de expresar sus preferencias al donante.

 

En el caso de la herencia, siendo la transmisión posterior al fallecimiento, lo estipulado en el testamento no puede ser objeto de cambio. La única opción que tiene el heredero es aceptar o repudiar la herencia. Por otro lado, el testamento puede ser modificado en vida tantas veces como se quiera. Otra diferencia reseñable es que una donación en vida puede ser reversible si en ella existiese un contrato vinculante y este fuese incumplido, o incluso si la persona que recibe el bien cometiera contra el donante un delito.

 

¿Cuál es la diferencia entre la herencia y la donación en vida?

 

Desde el punto de vista del donatario, la persona que recibe la herencia o la donación, también existen diferencias a tener en cuenta. Este es uno de los factores más importantes a valorar al elegir el modo de repartir el patrimonio. En el caso de la donación en vida, salvo excepciones, la donación se descuenta de la herencia, no pudiendo reducir la tercera parte legal correspondiente a la legítima.

 

Esto quiere decir que las donaciones en vida a favor del donatario pasarán a formar parte de lo que le corresponda como herencia, siendo el valor que tuviese la donación en el momento de la repartición descontado de la parte que le corresponda.

 

Herencia o donación: ¿qué impuestos hay que pagar?

 

Al aceptar la donación o la herencia, en ambos casos, el donatario o heredero, deberá hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Se trata de un impuesto directo que la persona receptora debe pagar y, tratándose herencia y donación de circunstancias muy diferentes, se recogen dentro de una misma figura jurídica. La normativa aplicable es la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Si quieres consultar esta norma, te dejamos un enlace al Boletín Oficial del Estado.

Tanto en el caso de donaciones en vida como herencias, debe hacerse frente al pago de la plusvalía municipal, que es como se conoce al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, (IIVTNU). En ambos casos, el sujeto pasivo es el heredero o donatario.

 

El IRPF en las donaciones en vida es el punto más importante a la hora de tomar la decisión entre herencia o donación. Como regla general, y a efectos del IRPF, la donación se equipará a una compraventa. Por este motivo, si el bien transmitido por el donante tiene un valor superior al que tenía cuando fue adquirido, debe ser incluido como ganancia patrimonial en la declaración de la Renta del donante y deberá hacer el pago del IRPF correspondiente, que puede rondar alrededor del 20%. Existen excepciones a esta obligación de declarar la ganancia patrimonial. Entre otras, la más habitual se aplica cuando el inmueble objeto de la donación es vivienda habitual y el donante mayor de 65 años, o por personas en situación de dependencia severa o de gran dependencia.

 

¿En qué casos conviene donar o dejar en herencia

 

La donación en vida favorece la ayuda directa, ya que los bienes se entregan de manera inmediata. Por el contrario, para el caso de una herencia, hay que esperar al fallecimiento de la persona y hay que cumplir con ciertos trámites obligatorios y gestionar la herencia, incluido el pago de impuestos, antes de la entrega de los bienes.

 

Como norma general, las donaciones tienen beneficios a nivel personal cuando la cantidad de dinero es muy elevada, cuando puede haber disputas entre herederos, o cuando en los bienes haya acciones de empresas. En todo caso nuestra recomendación es donar el patrimonio sobrante, no el personal, ya que una vez efectuada la donación se pierde el control sobre el mismo en el caso de necesitar recuperarlo.

 

Conclusión: heredar acostumbra a ser más económico

 

Desde una perspectiva fiscal y de costes en general, heredar es más barato para quien recibe los bienes con el donante en vida. También hay que tener en cuenta las diferencias entre las Comunidades Autónomas a la hora de pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Hay comunidades que ofrecen importantes reducciones y bonificaciones según la base imponible o el grado de parentesco a la hora de heredar, lo que hace que heredar sea más rentable.

 

En SOUM Abogados, contamos con un equipo legal experto en derecho de donaciones y fiscal que puede ayudarte a tomar la mejor solución en la transmisión de tu patrimonio, encontrando una solución que satisfaga a todas las partes implicadas. Pídenos un presupuesto sin compromiso.

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